La Matanza Empresas

Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación

 Gestión de Gobierno

Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación

marzo 25
12:00 2015

Permite a las pymes obtener reintegros por sobre la inversión que realicen en la capacitación de sus recursos humanos, ya sea en actividades abiertas, dictadas en instituciones públicas o privadas; o cerradas, como cursos a medida de la empresa.

El beneficio se hace efectivo a través de la emisión de un certificado de Crédito Fiscal (bono electrónico) aplicable a la cancelación de impuestos nacionales.

El reintegro puede ser desde el 40% y alcanzar el 90% del monto de las actividades de capacitación si se cumplen con los requisitos de priorización: localización productiva de las empresas, actividad económica, tipo de actividad de capacitación, rango de facturación  y temáticas y destinatarios.

¿Qué es el programa de Crédito Fiscal para Capacitación?

1 – Modalidad 1 (Grandes Empresas o Pymes Cedentes)

Pueden presentarse grandes empresas o pymes que financien la capacitación de otras pymes o emprendedores. A cambio reciben el reintegro a través de un certificado de Crédito Fiscal (bono electrónico) aplicable a la cancelación de impuestos nacionales.

Para las grandes empresas el beneficio máximo a reintegrar corresponde al 8 ‰ (ocho por mil) del monto total que hayan destinado al pago de salarios (masa salarial) en los 12 meses previos a la presentación de su proyecto en Crédito Fiscal. En tanto, para las pymes el beneficio máximo alcanza al 8% (ocho por ciento). En ningún caso podrán ceder más de $40.000 a cada pyme  beneficiaria o emprendedor.

2 – Modalidad 2 (Empresas Pymes- Beneficiarias)

Las pymes pueden solicitar el reintegro de actividades de capacitación realizadas por sus dueños y/o empleados en relación de dependencia. El beneficio máximo al que pueden acceder no podrá superar el 8% de la masa salarial anual con los otros límites descritos en el Reglamento 2015 – Crédito Fiscal para Capacitación.

Beneficio para ambas modalidades (1 y 2)

El reintegro puede ser del 40% y alcanzar el 90% del monto de las actividades de capacitación si se cumplen con los requisitos de priorización entre los que se encuentran: localización productiva de las empresas, actividad económica dentro de las cadenas del Plan Estratégico Industrial 2020 o el programa de incentivo al mercado interno “Ahora 12″.

En la modalidad 1, estos requisitos los deben cumplir al menos el 50% de las pymes beneficiarias.

No podrán participar del programa aquellas empresas que tengan deudas fiscales nacionales o previsionales exigibles.

¿Cómo participar del Programa?

Se accede en 4 pasos:

1 – Presentación del proyecto
La empresa solicitante debe, una vez registrada, completar y enviar el formulario de proyecto de capacitación, incluyendo una breve descripción de sus objetivos y la/s actividad/es de capacitación que contribuyan al cumplimiento de los mismos.

Descargue el Instructivo para Cargar Proyectos

2 – Evaluación del proyecto 

Si el proyecto fuera pre-aprobado, se le comunicará a la empresa los términos del mismo y se le solicitará la documentación respaldatoria. En caso de no ser pre-aprobado, se notificará la evaluación y las posibles recomendaciones para su reformulación.

Hasta este momento, ni las empresas ni las Unidades Capacitadoras participantes deberán enviar documentación en formato papel.

3 – Aprobación y ejecución de la capacitación
Una vez pre-aprobado el proyecto y presentada la documentación respaldatoria, se aprueba el proyecto y las empresas pueden comenzar a ejecutar las actividades de capacitación.

Importante: La empresa podrá, a su cuenta y riesgo, realizar las actividades de capacitación ABIERTA, y la Secretaría Pyme las reconocerá desde la fecha de la pre-aprobación.

4 – Rendición de cuentas y reintegro
Las empresas presentarán las rendiciones de cuentas una vez que el proyecto se haya ejecutado, pagado  y publicado en el boletín oficial. Se deberá completar el formulario de rendición de cuentas y enviarlo en soporte papel acompañado de la documentación requerida para la rendición.

Reglamento 2015

Acceso directo al Sistema DNA

Fuente: Ministerio de Industria


Warning: count(): Parameter must be an array or an object that implements Countable in /www/lamatanzaempresas/htdocs/wp-content/themes/legatus-theme-child/includes/single/post-tags.php on line 5