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Nueva disposición de personas jurídicas para asociaciones civiles

 Gestión de Gobierno

Nueva disposición de personas jurídicas para asociaciones civiles

Nueva disposición de personas jurídicas para asociaciones civiles
junio 23
12:00 2016

La Dirección de Asuntos Comunitarios informa a todas las entidades de bien público que posean Personería Jurídica los cambios implementados por la Dirección Provincial de Personas Jurídicas a partir del día de la fecha para la realización de trámites.

En el marco del Convenio vigente entre el Municipio de La Matanza y la Dirección Provincial de Personas Jurídicas se han implementado nuevos cambios administrativos en los trámites de certificado de vigencia, documentación asamblearia y resultados contables.

Todas aquellas entidades que adeuden hasta 3 (tres) ejercicios económicos ante ese organismo provincial podrán, indistintamente de su irregularidad, solicitar y obtener su certificado de vigencia. Asimismo, aquellas entidades que cuenten con hasta 10 (diez) años de mora también podrán requerirlo. En este último caso, el certificado de vigencia sólo será emitido cuando el destino de presentación sea un organismo estatal.

Respecto a la documentación pre asamblearia, la presentación de la misma, ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas, queda suspendida hasta nuevo aviso y la documentación post asamblearia (a presentar ante ese organismo provincial) será la siguiente:

*Formulario Minuta Rogatoria, con firma certificada de Presidente y Secretario.

*Carga web de formulario Anexo 7 e impresión del mismo, el que tendrá carácter de declaración jurada.

*Estados contables aprobados: Memoria de la Comisión directiva, Informe de la Comisión revisora de cuentas (este punto es sólo para ejercicios mayores a 600.000 pesos anuales).

*Copia certificada del acta de asamblea que trató el estado contable extraída del libro respectivo, junto a copia de la rúbrica de este último.

*Justificación del quórum de la asamblea del punto ¨d¨, mediante copia certificada del acta del libro de asistencia de asamblea, donde conste la nómina de los socios asistentes y su firma.

En el caso que la presentación contenga designación de nuevas autoridades, se deberá adjuntar de cada miembro designado la Declaración de Condición de Persona Políticamente Expuesta (anexo XIX  disposición 45/2015).

Por otra parte las asociaciones civiles que tengan ingresos inferiores a $600.000 pesos anuales podrán presentar los resultados contables vía declaración jurada, mediante el formulario anexo 7 (que consta en la página web de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas). Dicho documento deberá ser firmado por presidente, secretario y los miembros titulares de la Comisión revisora de cuentas. Esta modificación de relevancia genera que las entidades de bien público que posean movimientos anuales menores a la cifra mencionada NO requieran de la certificación ante el Consejo Económico permitiendo entonces a las entidades, realizar los balances sin la contratación de los servicios de un contador.

Para más información comunicarse con la Dirección General de Asuntos Comunitarios en sus oficina de Avenida Presidente Juan Domingo Perón 3064 3º Piso, San Justo o por teléfono al: 4441-0954.


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