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La Justicia admite una demanda colectiva contra la última suba del gas

 Gestión de Gobierno

La Justicia admite una demanda colectiva contra la última suba del gas

La Justicia admite una demanda colectiva contra la última suba del gas
abril 23
12:00 2018

Le dio al Energas y al Ministerio de Energía tres días para presentar documentos antes de dictar la cautelar. Piden que los aumentos se corran a mayo.

Mientras el Gobierno realiza reuniones para tratar de encontrar un paliativo a los aumentos de tarifas, que están siendo cada vez más resistidos por la sociedad, la Justicia Federal de La Plata admitió tramitar una nueva demanda colectiva contra la última suba del gas para los usuarios residenciales de todo el país. Lo hizo al dar lugar a un recurso de amparo presentado por la asociación civil Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (Cepis).

El titular del Juzgado Federal Nº 2 de La Plata, Adolfo Gabino Ziulu, aceptó tratar el amparo colectivo en el que se pidió postergar al menos hasta mayo el aumento en la tarifa de gas que rige desde el 1º de abril, por considerar que se trata de una «suba inconstitucional».

Paralelamente, en la resolución el magistrado le otorgó un plazo de tres días al Enargas y al Ministerio de Energía y Minería de la Nación, dirigido por Juan José Aranguren, para que emitan un informe sobre el nuevo cuadro tarifario, para resolver sobre la medida cautelar presentada por el Cepis.

Cepis es la misma ONG que intervino en un reclamo en 2016 ante la CorteSuprema de Justicia de la Nación y por la cual se frenó la suba de gas de entonces. En su planteo, el centro pidió la nulidad e inconstitucionalidad de las resoluciones 300 a 309 del Enargas a través de las cuáles se dispuso un aumento del 40% en la tarifa del gas.

Para la asociación civil, el aumento debe regir desde el 1º de mayo y no desde el 1 de abril tal cual se decidió. «Se encuentran reunidos los requisitos necesarios de viabilidad para una acción de índole colectiva, en razón de la idoneidad de quien los representa y la homogeneidad de las cuestiones individuales de hecho y derecho invocadas», sostuvo el juez Ziulu en su fallo.

En declaraciones a la agencia Télam, el titular de la entidad, Mariano Lovelli, explicó que «en la presentación se solicitó que la Justicia ordene al Enargas que proceda a aplicar los nuevos cuadros tarifarios a partir del mes de mayo del corriente año, hasta tanto se dicte sentencia de fondo en los presentes obrados».

El letrado manifestó también que «como las cautelares contra el Estado no se pueden dar sin tener una primera escucha al Gobierno, el magistrado declaró admisible el amparo, le otorgó carácter colectivo para que representemos a todos los usuarios residenciales de gas del país, pero ordenó que el Estado emita un informe en el plazo de tres días».

Sostuvo que «tras ese plazo, el juez estará en condiciones de dictar la medida cautelar, más allá de que después continúe el proceso».

Ziulu le pidió al ENARGAS y al Ministerio de Energía que en tres días presente un informe sobre la demanda presentada, tras lo cual quedará en condiciones de resolver el planteo, esto es si habilita el aumento o no.

No obstante, el juez rechazó una medida previa para frenar la suba antes de recibir los informes: «No se encuentran acreditadas ´prima facie´ las circunstancias graves y objetivamente impostergables que justifiquen el dictado de una medida interina previa a la contestación del citado informe», sostuvo el magistrado.

Fuente: iProfesional


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