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Ingresos Brutos en Provincia: ARBA reglamentó la determinación de oficio de la deuda

 Gestión de Gobierno

Ingresos Brutos en Provincia: ARBA reglamentó la determinación de oficio de la deuda

Ingresos Brutos en Provincia: ARBA reglamentó la determinación de oficio de la deuda
agosto 27
10:00 2017

La Agencia de Recaudación bonaerense reglamentó la determinación de oficio de la deuda en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos a fin de perseguir a los «contribuyentes reticentes».

a Agencia de Recaudación bonaerense (ARBA) reglamentó la determinación de oficio de la deuda en el Impuesto sobre losIngresos Brutos a fin de perseguir a los «contribuyentes reticentes».

La nueva arma del fisco provincial se dio a conocer a través de la resolución normativa 32/2017 de ARBA:

El director ejecutivo de ARBA, Gastón Fossati (en la foto), puntualizó que «al eliminar ArbaNet y mejorar el sistema de administración de Ingresos Brutos, avanzamos en una relación de mayor transparencia con nuestros contribuyentes. Ahora, todos ellos cuentan con información precisa, clara y detallada de cómo llegamos a determinar la deuda que les reclamamos».

Fossati precisó que «desde ARBA exhibimos en todo momento los elementos que respaldan el reclamo tributario y, en caso de que existan discrepancias con los datos, siempre brindamos a los contribuyentes la posibilidad de presentar su descargo, lo cual garantiza y fortalece su derecho de defensa».

Por lo tanto, ARBA notificará fehacientemente al obligado la liquidación practicada y sus fundamentos, intimándolo a efectuar el pago o regularización del importe de la misma.

Dentro del plazo de 10 días hábiles administrativos de efectuada la notificación, el contribuyente intimado podrá abonar el importe requerido o regularizar el mismo mediante el régimen de facilidades de pago que se encuentre vigente. En ningún caso el importe que se declare y abone o regularice podrá ser inferior al 50% del monto intimado.

Asimismo, dentro de esos 10 días hábiles administrativos de efectuada la notificación indicada, el sujeto intimado podrá presentar el descargo que estime pertinente.

La Agencia de Recaudación resolverá la cuestión dentro de los 30 días hábiles administrativos de presentado el descargo.

La formalización del descargo habilitará la posibilidad de abonar o regularizar parcialmente el importe liquidado por esta Agencia, aun en un monto inferior a 50% del intimado.

En paralelo, ARBA dio a conocer la resolución normativa 33/2017:

La misma refiere a la implementación de la segunda etapa del Sistema de Fiscalización Remota del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (FIRE).

Fuente: iProfesional


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