Programa Mi Galpón
Con el objetivo de impulsar el desarrollo de las micro y pequeñas empresas de todo el territorio nacional, mediante el acceso a la unidad productiva propia, el Ministerio de Industria, a través de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional bonifica parte de la tasa de interés de créditos otorgados por la “Línea de Financiamiento de Inversiones de Actividades para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa – Reglamentación Nº 400/23 – Nuevo Tratamiento Especial para la Adquisición de Galpones Industriales nuevos y usados”.
Beneficiarios:
Micro y pequeñas empresas (conforme a los parámetros establecidos en la Resolución SPME Nº 24/01, sus modificaciones y complementarias), bajo cualquier forma societaria o unipersonal, de los sectores económicos, industriales, de construcción o de servicios industriales, que desarrollen la actividad industrial.
Las Cooperativas serán sujeto del beneficio de bonificación de tasa cuando cumplan con los siguientes requisitos: (a) no superen la facturación límite prevista en la Resolución Nº 50/13, (b) se encuentren conformadas exclusivamente por MIPyMEs, (c) sus miembros no se encuentren vinculados ni controlados por una empresa que no sea MIPyME, (d) no sean cooperativas de servicios, que se encuentran excluidas, (e) ni la cooperativa ni alguno de sus miembros se encuentren registrados o que ejerzan las actividades indicadas en el párrafo precedente.
Destino: Construcción o adquisición de galpones nuevos o usados para uso industrial.
Monto de crédito bonificable: Hasta $1.500.000
Plazo: Hasta 15 años. El plazo en el cual se aplicará la bonificación de tasa no podrá exceder los 5 años. A partir del Sexto año, y hasta el Decimoquinto, se aplicará la tasa de la Reglamentación Nº 400/23.
Tasa de interés: Las empresas deberán contar con una DECLARACIÓN DE ELEGIBILIDAD emitida por SEPYME para acceder al beneficio de la Bonificación.
(1) El Banco aplica para operaciones con plazo mayor a los 36 meses una tasa variable, compuesta por la tasa BADLAR TOTAL + 3 puntos porcentuales anuales. Al 8/04 la tasa BADLAR TOTAL es 25,5625%. La línea del Banco es a 15 años, y SEPYME aplica la bonificación solo los primeros 5 años, por lo que a partir del año 6, la tasa será BADLAR TOTAL + 3 PPA.
Periodo de Gracia:Hasta SEIS (6) meses, incluidos en el plazo de la operación
Garantía a satisfacción del Banco:Garantías hipotecarias o avales de Sociedades de Garantías Reciprocas (S.G.R)
Se consideran Micro o Pequeñas empresas aquellas cuya facturación promedio de los últimos tres años no supera los siguientes montos