La AFIP reglamentó por decreto los cambios en el impuesto a las ganancias
En una nueva columna en materia económica y financiera, Darío Banga informó desde la redacción del Diario NCO sobre la resolución general 5076 de la AFIP que reglamentó el decreto 620/2021 que establece los cambios en el impuesto a las ganancias.
“Desde hace un tiempo el Gobierno Nacional busca dar un mayor poder adquisitivo de salario. Según la página oficial tiene como objetivo dar sostenibilidad e impulsar la demanda interna. Esto quiere decir que lo que se busca es que en la economía haya más consumo, pero solo se dará si los trabajadores o jubilados o todos los asalariados incrementen y no pierdan su poder adquisitivo, por lo que la AFIP reglamenta los cambios en el impuesto a las ganancias”, resumió Banga.
En este sentido, el columnista detalló que “la remuneración bruta mensual hasta 175.000 pesos brutos, es decir la suma de tanto remunerativo como no remunerativo, no se verán alcanzados lo que estén por debajo de ese monto”.
“Esto beneficia a más de 1.200.000 personas hoy en día en la población de asalariados que no pagarían impuestos a la ganancia”, aseguró el columnista y agregó que “también lo que marca está normativa que incluye del cálculo del impuesto a la ganancia en el salario anual complementario que se abona en diciembre”.
¿Quiénes pagan el impuesto a las ganancias y quiénes no?
Según explicó Banga, “todos los trabajadores que perciban por debajo de 175.000 pesos brutos no van a pagar ganancias. También por el SAC que se cobra en diciembre esto se refleja que esa plata que no hace retenida para importa la ganancia se calcula que ingresará al consumo de la economía”.
“Otra de las cuestiones que también se modificó por parte del impuesto a las ganancias, sabemos que para que los para los trabajadores que recién superan los 175.000 pesos estarían tributando ganancias, pero para que el salto no sea tan abrupto para el trabajador que cobra 175.000 pesos en este caso no ingrese de lleno al impuesto a las ganancias va a haber una escala progresiva”.
Y continuó: “Esa escala estaba anteriormente entre 150 y 173.000 pesos que se aplicaría una deducción especial incrementada donde le impuesto sería menos gravoso. Ahora con la nueva Ley, esa deducción especial incrementada pasaría entre 275.000 y los 203.000 pesos brutos”.
“Esto es para que los trabajadores que estén comprendidos entre 175.000 brutos y 203.000 pesos paguen menos impuestos a las ganancias. Es una medida que sirve sobre todo a eserango que está entre esos dos cálculos de ingresos”, precisó Banga y agregó: “Ahora los que superan los 203.000 brutos eso el impuesto sigue tal cual como está”.
La resolución
La resolución general por parte de AFIP ya fue publicada en la página bajo el número 56/2021. “Esto es importante, es un alivio sobre todo en este caso estamos hablando de gran parte de la clase media Argentina y no sabemos que estamos hablando de valores de ingresos que es muy difícil que la mayoría los tenga”
“Para los trabajadores es un alivio, también para la clase media y el Gobierno apunta a distintos sectores como los jubilados, la clase baja y este caso la medida de resolución va directamente para la clase trabajadora y clase media Argentina que tienen muy buen salario”, sumó el periodista.
Además, precisó que “en este caso dejarían de tributar 1.200.000 personas el impuesto a las ganancias”, y resaltó que “la norma fue publicada en el Boletín Oficial bajo la resolución general 5672”.
“Esto ya es público para que las empresas lo empiecen a hacer a partir del mes de septiembre. Hablamos de quees retroactivo el mes de septiembre, ya los periodos devengados de liquidación del mes septiembre la empresa ya lospodría empezar a tener en cuenta. Sabemos que muchas empresas por ahí no tienen actualizado el soft de liquidación y muchas empresas no logran podido pagar”, detalló Banga.
Por último, el economista aseguró: “Hay una realidad. La resolución general de AFIP salió después que las liquidaciones fueron dedicadas en muchas empresas. Así que en el mes siguiente las empresas tendrán que retomar y hacer un retroactivo del impuesto hacia septiembre,pero esto es unadeducción especial incrementada también es para todos los trabajadores que las empresas ya habían cerrado la liquidación y bueno nos enteramos esta semana que ya está publicada la resolución general por parte de la AFIP”.
Fuente: DiarioNCO