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Se abrió la inscripción para que las empresas puedan acceder al ATP 4

 Gestión de Gobierno

Se abrió la inscripción para que las empresas puedan acceder al ATP 4

Se abrió la inscripción para que las empresas puedan acceder al ATP 4
julio 29
23:29 2020

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó el sistema de registración online para que, desde este miércoles 29 y hasta el martes 4 de agosto, las firmas soliciten el pago del Salario Complementario para sus trabajadores. Cómo es la nueva modalidad, de acuerdo al presente de cada empresa.

Este miércoles, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció que ya se habilitó el sistema de registración online para la nueva etapa del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), que contempla algunas especificidades con respecto a las anteriores.

Los empleadores que requieran la asistencia estatal para la obtención del pago del Sueldo Complementario para sus trabajadores pueden inscribirse desde este miércoles y hasta el próximo martes 4 de agosto inclusive, es decir, durante una semana.

El procedimiento de inscripción es el mismo de las versiones anteriores: los empleadores deben ingresar con clave fiscal a la página web de la AFIP (www.afip.gob.ar) y dirigirse a la solapa “Programa de Emergencia de Asistencia al Trabajo y la Producción – ATP”, donde deben llenar los datos que se piden.

“Los criterios para acceder al salario complementario correspondiente a julio fueron establecidos por el Comité de Evaluación y Monitoreo, que depende de la Jefatura de Gabinete de Ministros”, indicaron desde la AFIP.

Criterios según cada situación

Desde la AFIP, se aclaró que, en esta cuarta etapa del ATP, accederán al salario complementario de hasta dos sueldos mínimos (33.750 pesos) aquellas actividades consideradas críticas durante el aislamiento social por el coronavirus y que llevan cuatro meses sin poder desarrollarse, como turismo, restaurantes, gimnasios, deportes y cultura.

En tanto, será de hasta 25.300 pesos para los trabajadores de las firmas cuyos rubros registraron caídas nominales en su facturación entre los meses de junio de 2019 y junio pasado. En este sentido, para aquellas cuya variación positiva fue de entre el cero y el 30 por ciento, se podrá tramitar un crédito garantizado y subsidiado por el Gobierno nacional para financiar sueldos.

Además, si la facturación fue entre cero y diez por ciento, se otorgará un crédito a tasa cero; mientras que, para un alza interanual de ventas de entre once y 20 por ciento, la tasa será del 7,5 y, en las variaciones que oscilan entre 21 y 30 por ciento más, la tasa será del 15 por ciento anual.

Fuente: El1Digital

 


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